
Desde este lunes 17 de septiembre, ya no sólo pueden tener cuentas bancarias en bolívares fuertes, sino que podrán abrirlas en dólares. Sin embargo, no podrán disponer de las divisas libremente.
Podrán ser utilizadas en el extranjero por medio de tarjetas de crédito o débito. Eso sí, según las reglas del Banco Central de Venezuela (BCV), cualquiera de las compras que se realice se pagarán con un recargo del 1,5 por ciento.
Tampoco queda claro si se podrán hacer depósitos en efectivo. Hasta la fecha, sólo se sabe que los dólares de estas nuevas cuentas deben ser adquiridos en el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera, el mecanismo que el Gobierno de Hugo Chávez instituyó para autorizar la adquisición de divisas.
Otra duda radica en si hay un límite en la cantidad de dólares que los venezolanos podrán adquirir. Hasta la fecha, el monto lo determinaba el Banco Central según finalidad de la petición: para viajes, aprueba 5 mil dólares; para enfermedad, 10 mil dólares; para remesas familiares, 6 mil dólares. Si se trata de empresas, el monto se eleva a 50 mil dólares mensuales y 350 mil anuales.
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